El Salario Mínimo, Vital y Móvil, con más de 80 años de historia, nació como una política salarial para resguardar a los trabajadores. Sin embargo, su valor actual no se condice con los costos de vida y ni siquiera alcanza para cubrir la canasta básica. En esta nota repasamos su origen, cómo se fija, qué rol cumple en la economía y por qué cada vez más sectores lo consideran insuficiente para garantizar condiciones dignas.

El Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) es el menor ingreso legal que puede percibir un trabajador en relación de dependencia sin cargas de familia, por su jornada laboral completa. Según el artículo 116 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744, este salario debe asegurar “alimentación adecuada, vivienda digna, educación, vestuario, asistencia sanitaria, transporte y esparcimiento, vacaciones y previsión”. La palabra “vital” remite a su capacidad de cubrir necesidades básicas y “móvil”, a la obligación de ser actualizado de forma periódica, para mantener su poder adquisitivo frente a la inflación.

Más allá de establecer un piso salarial formal, el salario mínimo cumple funciones clave en el entramado económico y legal del país:

  • Actúa como umbral mínimo de ingresos: ningún trabajador formal debería cobrar por debajo de este monto;
  • Sirve como referencia para prestaciones sociales: planes como el Volver al Trabajo, becas y subsidios toman este valor como parámetro;
  • Es base para aportes, deducciones y contribuciones fiscales: su valor influye en cálculos previsionales y tributarios;
  • Guía las negociaciones paritarias: muchas escalas salariales lo toman como punto de partida para definir aumentos.
El salario, cada vez más mínimo y menos vital.

Salario mínimo: cuánto es,
cómo se define y quién lo fija

El monto del SMVM es definido por el Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil, un organismo tripartito que reúne a representantes de los trabajadores, empleadores, el Estado Nacional y el Consejo Federal del Trabajo.

Este Consejo se reúne periódicamente para discutir actualizaciones salariales en función del contexto económico, y si bien no tiene una fecha fija por ley, suele hacerlo entre una y tres veces por año, siendo el Ministerio de Trabajo el encargado de convocarlo cuando lo considere necesario, generalmente a través de una resolución publicada en el Boletín Oficial. Dicha convocatoria incluye fecha, modalidad (presencial o virtual) y orden del día, y suele ser movilizada por la “presión” de los sindicatos ante la suba de la inflación.

El salario mínimo vigente se ubica por debajo del valor de la Canasta Básica Total (CBT) por adulto equivalente publicada por el INDEC.

En el presente 2025, fue el Gobierno Nacional quien oficializó un incremento del SMVM para los próximos meses a través de la Resolución 5/2025, publicada en el Boletín Oficial, luego de la falta de consenso entre las partes.

Para junio, el SMVM escaló hasta los $313.400; en julio, será de $317.800; y en agosto alcanzará la suma de $322.000, valores que rigen para todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo.

Según datos oficiales, el salario mínimo vigente se ubica por debajo del valor de la Canasta Básica Total (CBT) por adulto equivalente publicada por el INDEC, que en abril del 2025 fue de $359.243, lo que significa que un trabajador que cobra solo ese ingreso no logra superar el umbral de pobreza individual. 

Esta brecha, que se ha profundizado en los últimos años, evidencia el desafío de recomponer el poder adquisitivo y cumplir con la función legal del SMVM como ingreso vital, ya que, a pesar de su nombre, no estaría logrando cumplir su función original, por lo que muchos sectores reclaman no solo una actualización más frecuente, sino también, mecanismos automáticos de indexación o una canasta básica específica como referencia real.

Dos adultos que trabajan en blanco y cobran el salario mínimo, no llegan a cubrir ni el 60% de la canasta básica familiar, que en abril de 2025 fue de $1.110.063.

Un poco de historia

El salario mínimo tiene raíces profundas en la legislación laboral argentina. Fue instaurado por primera vez en 1944, a través del Decreto N° 33.302 durante la gestión de Juan Domingo Perón al frente de la Secretaría de Trabajo y Previsión, presentándose como un instrumento para garantizar un ingreso digno y evitar prácticas salariales arbitrarias. Treinta años más tarde, en 1974, se incorporó formalmente a la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744, donde adquirió su definición jurídica actual como remuneración vital y móvil.

Durante los años '90, sin embargo, el SMVM sufrió un prolongado congelamiento. Entre 1993 y 2001 permaneció estancado en 200 pesos, lo que supuso una pérdida significativa de poder adquisitivo frente al aumento sostenido del costo de vida.

Ya en 2004, mediante la Ley 25.877, se creó formalmente el Consejo del Salario como espacio institucional de diálogo tripartito entre sindicatos, empleadores y el Estado. A partir de entonces, el salario mínimo recuperó centralidad como herramienta de política económica, aunque no exenta de tensiones y críticas por su evolución desigual frente a la inflación.

A 80 años de su creación, el salario mínimo sigue siendo una herramienta clave para ordenar las relaciones laborales y proteger los ingresos más bajos. Sin embargo, su desfasaje frente a la inflación y su desconexión con el costo real de vida plantean desafíos urgentes. Repensar su actualización, su forma de cálculo y su función dentro del sistema económico es fundamental para que vuelva a ser lo que su nombre promete: un ingreso mínimo, vital y verdaderamente móvil.


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