Realidad Profesional | Revista del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Buenos Aires y su Caja de Seguridad Social
La Administración Federal de Ingresos Públicos cuenta con una serie de herramientas del campo impositivo, financiero y previsionales ideales para quienes comienzan con estos proyectos o ya los tienen desde hace tiempo pero quieren dar el salto de calidad.
Las startup son compañías diseñadas para crecer rápido y desarrollar sus productos con menores inversiones y a mayor rapidez que otras empresas. Su carácter innovador implica también una mayor incertidumbre y un índice más bajo de éxito que las empresas tradicionales.
Los emprendedores argentinos saben que cuentan con un panorama que, de arranque, les plantea algunas trabas como los controles a las sociedades por acciones simplificadas y un mercado de capital de riesgo pequeño. Incluso para quienes se inscriben en el ámbito de la Economía del Conocimiento, tienen una ley que les iguala algunas oportunidades pero que recién se encuentra aprobada.
La Administración Federal de Ingresos Públicos cuenta con una serie de herramientas del campo impositivo, financiero y previsionales ideales para quienes comienzan con estos proyectos o ya los tienen desde hace tiempo pero quieren dar el salto de calidad.
Diferimiento en el pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA): las declaraciones juradas mensuales del tributo podrán abonarse hasta dos meses después de su vencimiento regular.
Exención del Impuesto sobre débitos y créditos bancarios al retiro en efectivo: por la condición de Pyme (micro y pequeñas), cuando se lleven a cabo extracciones bancarias en cash bajo cualquier forma, los débitos efectuados en las cuentas no estarán sujetos al doble de la tasa vigente sobre el monto de los mismos, como sucede con el resto de los contribuyentes.
Exención de la comisión bancaria por los depósitos de efectivo: los bancos no podrán cobrar comisiones a las pequeñas y medianas firmas que ingresen fondos en sus cuentas bancarias.
Posibilidad de utilizar avales de sociedades de garantías recíprocas (SGR): las pequeñas y medianas pueden acceder a avales para obtener créditos con entidades financieras, fintechs y entidades públicas; también para el descuento de cheques de pago diferido; activos de fideicomiso financiero; obligaciones negociables Pyme; leasing y financiamientos otorgados mediante tarjetas de crédito; entre otras operaciones.
Beneficio para Pymes sobre los Derechos de Exportación: si se venden servicios al exterior, en la medida en que el monto no supere los u$s600.000 (año calendario), se encuentran desgravados de retenciones a la exportación (en el caso de empresas que lo hacen por primera vez, ese límite para el primer año es de u$s300.000).
Método simplificado para solicitar la exención de Retenciones y/o Percepciones en el IVA: sólo se necesitará demostrar la existencia de saldos de libre disponibilidad durante los dos últimos periodos previos a la solicitud. Adicionalmente, el saldo a favor de la última Declaración Jurada de IVA vencida debe ser, como mínimo, equivalente al 10% del promedio del tributo determinado en las DD.JJ. de los últimos 12 períodos fiscales. Este beneficio tendrá una duración de seis meses desde su aprobación.
Beneficio de alícuota reducida de contribuciones a la Seguridad Social: para firmas de servicio o comercio, la alícuota de contribuciones patronales será 18% en lugar de la general del 20,4%. Este beneficio se perderá una vez que se pierda la condición de Pyme (facturación anual hasta $705 millones para servicios y $2.602 millones para comercio).
Beneficios vinculados al Plan de Facilidades Permanente: los planes permanentes de regularización de deuda ante la AFIP se podrán realizar hasta en 8 cuotas y en un máximo de hasta 10 planes distintos de forma simultánea.
Posibilidad de cómputo del 100% del Impuesto a los Créditos y Débitos bancarios: el impuesto al cheque podrá imputarse por el 100% como pago a cuenta de Ganancias que se determine anualmente o para abonar los anticipos de la misma obligación (para quienes no son startups, sino contribuyentes en general, es sólo del 33%. Y si el emprendimiento es industrial y logra crecer con el tiempo para convertirse en empresa "mediana tramo I", es decir con facturación anual hasta $1.651 millones, del 60%).
Es importante destacar que se encuentra vigente un sistema de beneficio para inversores que permite la deducción de hasta un 75% en impuesto a las ganancias siempre que el monto no supere el 10% de la ganancia anual neta. De superarlo, al excedente se puede deducirlo en los próximos cinco ejercicios fiscales.
Las Instituciones de Capital Emprendedor son personas jurídicas, fondos o fideicomisos constituidos en el país, que tienen como objetivo aportar recursos propios o de terceros a un conjunto de emprendimientos. En este caso, las instituciones son las encargadas de inscribir a sus inversores en el Registro de Instituciones de Capital Emprendedor (RICE) y de solicitar el beneficio.
Como punto principal para acceder a este programa es tener en cuenta que la inversión tiene que mantenerse durante un mínimo de dos años, estar destinada a aumentar el capital de un emprendimiento y ser de activos financieros que sean liquidables en plazos de hasta 24 horas y en moneda local.
La solicitud del beneficio puede ser presentada desde el día siguiente a efectuar la inversión y hasta los cuarenta y cinco días posteriores al cierre del ejercicio fiscal del inversor en el cual se haya realizado el aporte.
Pueden realizarlo las personas humanas que invierten directamente en emprendimientos (inversores directos) y las personas humanas o jurídicas y los fondos o fideicomisos que invierten en emprendimientos a través de una Institución de Capital Emprendedor (inversores indirectos).