El autor analiza los cambios que se implementaron a partir de la sanción de la Ley 13981, que en la provincia de Buenos Aires incorporó el Subsistema de Contrataciones del Estado al Sistema de Administración Financiera regulado por la Ley 13767, incluyendo las compras públicas como un nuevo subsistema sumado a los de presupuesto, crédito público, tesorería y contabilidad regidos por este último cuerpo legal en la Provincia.

Se brindan detalles sobre la introducción del uso de sistemas electrónicos y digitales de adquisiciones para la gestión de las compras realizadas por la Administración Pública Provincial (APP) centralizada y descentralizada dentro del ámbito de la provincia de Buenos Aires.

ARTÍCULO PUBLICADO EL viernes 17 de junio
Edición N. 127 - Mayo / Junio 2022

NOTAS DE AUTOR

Dr. Mariano Navia Dr. Mariano Navia Contador Público

La gestión de las compras y contrataciones públicas es un tema que ha cobrado mucha relevancia en los últimos años y se encuentra permanentemente dentro de la agenda pública de los gobiernos a nivel mundial. El eje se ha puesto en los principios de razonabilidad, publicidad, concurrencia, libre competencia, igualdad, economía y transparencia, sin dejar de lado la eficiencia y el concepto de valor por el dinero en la contratación de bienes y servicios por parte del Estado.

El paradigma de la Nueva Gestión Pública introdujo al sector público las herramientas de gestión del sector privado haciendo de la tecnología un punto crítico para avanzar en la forma de administrar lo público. El gobierno electrónico se instauró como una forma de transformar y modernizar a las administraciones públicas.

En el área de las compras públicas, mediante el uso de las Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC), se produjeron avances en materia de gestión administrativa a nivel de los gobiernos provinciales, municipales y el propio Estado Nacional. En este contexto, los cambios en la cultura organizacional basados en la gestión del cambio se tornan críticos. 

La situación en la provincia de Buenos Aires

La Provincia de Buenos Aires no se mantuvo ajeno a este fenómeno. En el año 2009, mediante la sanción de la Ley 13981, se incorpora el Subsistema de Contrataciones del Estado al Sistema de Administración Financiera regulado por la Ley 13767, incluyendo las compras públicas como un nuevo subsistema sumado a los de presupuesto, crédito público, tesorería y contabilidad regidos por este último cuerpo legal en la Provincia.

Lo novedoso de la Ley 13981 fue la introducción del uso de sistemas electrónicos y digitales de adquisiciones para la gestión de las compras realizadas por la Administración Pública Provincial (APP) centralizada y descentralizada dentro del ámbito de la provincia de Buenos Aires. La reglamentación de la Ley, convirtiéndola en operativa, se produciría mediante la sanción del Decreto N° 1300/16, determinando que la Contaduría General de la Provincia de Buenos Aires sea Autoridad de Aplicación en la materia, otorgándole de esta manera un rol preponderante dentro de la APP en su rol de organismo de control de la hacienda pública. Asimismo, el proceso de reforma y modernización se encontraba alineado con el Plan Estratégico de Modernización de la Provincia de Buenos Aires impulsado por la Ley 14828.

El paradigma de la Nueva Gestión Pública introdujo al sector público las herramientas de gestión del sector privado haciendo de la tecnología un punto crítico para avanzar en la forma de administrar lo público.

Con la normativa sancionada a favor de la incorporación de medios electrónicos para su uso en las compras públicas, fue necesario en conjunto diagramar la implementación del sistema denominado Provincia de Buenos Aires Compras (PBAC) en coordinación con todas las áreas de compras de los distintos organismos. Para esto se llevó a cabo un programa de capacitación integral y permanente dirigido por la Contaduría General orientado al funcionamiento de la plataforma a través del Instituto Provincial de la Administración Pública (IPAP).

A su vez, se estableció un cronograma para la incorporación paulatina de las reparticiones al uso del sistema junto con las distintas modalidades de contratación y de selección de proveedores para la gestión de los procesos de compras. Estos desafíos probaron fructuosos cambiando una cultura de gestión basada en papel a una completamente digital. Asimismo, se logró la integración del sistema con el Sistema Integrado de Gestión y Administración Financiera (SIGAF).

El concepto de oferta más conveniente incluye, además del precio, otros factores como las condiciones de entrega, calidad, sustentabilidad, entre otros.

En el plano normativo, la Ley incorporó nuevas modalidades de contrataciones antes desconocidas para la Provincia. Dentro de estas puede mencionarse el Convenio Marco (CM), cuyo basamento se circunscribe dentro de los preceptos de la licitación pública siendo su máximo objetivo agilizar los procesos de compras y lograr economía y valor por el dinero en la forma de ahorros.

Detrás de esta modalidad se exige la planificación de las compras por parte de los responsables de gestionar las mismas en cada organismo público a través del denominado Plan Anual de Compras (PAC). Se trata de prever la adquisición de bienes homogéneos y de compra uniforme en toda la APP con el fin de evitar contrataciones múltiples.

La Autoridad de Aplicación es responsable de gestionar la licitación y una vez adjudicado el CM, cada jurisdicción solo debe emitir la orden de compra al proveedor para la entrega del bien o prestación del servicio. Esto asegura una oferta permanente de bienes y servicios durante la vigencia del CM, asemejándose a una plataforma de e-commerce utilizada ampliamente en el sector privado. Una de las características principales de esta modalidad de contratación es la posibilidad de adjudicar a más de un proveedor en la misma licitación.

Otra innovación dentro de la norma fue la introducción del concepto de oferta más conveniente mediante la viabilidad de otros factores a tener en cuenta al momento de elegir la mejor oferta como ser mejores condiciones de entrega, calidad, criterios de sustentabilidad, etc. y no sólo en el precio del bien o servicio. De esta manera se puede optar por la oferta más beneficiosa al momento de realizar la compra.

Conjuntamente con el desarrollo de la plataforma de compras electrónicas, la Autoridad de Aplicación realizó el desarrollo del nuevo portal del Registro Único de Proveedores y Licitadores del Estado. Este desarrollo fue uno de los grandes logros realizado por la actual gestión lo que agilizó la realización de trámites mediante la presentación de documentación de manera remota. Esto busca conseguir una mayor cantidad de inscripción de proveedores desde todo el territorio provincial, pudiendo de esta manera aumentar la concurrencia en todos los procesos de compras.

La Contaduría General de la Provincia es la Autoridad de Aplicación, un rol preponderante dentro de la Administración Pública Provincial como organismo de control de la hacienda pública.

Asimismo, por medio de la Dirección de Servicios al Usuario y Acceso a la Información, se constituyó a la Contaduría General en Autoridad de Registro de la Plataforma de Firma Digital Remota (AC MODERNIZACIÓN-PFDR).

Los desafíos hacia el futuro nos llevan a trabajar permanentemente en la mejora continua de los sistemas de compras con el fin de reducir los tiempos de gestión de las contrataciones e incrementar la concurrencia por medio de mayor participación de oferentes, acciones estas, que buscan generar ahorros para el Estado. Para esto deberemos establecer lineamientos claros en las normas que rigen el Subsistema de Contrataciones en la contratación de bienes y servicios respetando los principios generales que rigen a las compras públicas.

Como todo proceso de reforma y modernización administrativa será necesario gestionar un cambio cultural hacia el interior de las instituciones, principalmente en las áreas de compras, capacitando a los equipos técnicos en el manejo de las nuevas herramientas que nos brinda la tecnología cada vez más cambiante y al servicio de la APP.

Detrás de esta modalidad se exige la planificación de las compras por parte de los responsables de gestionar las mismas en cada organismo público a través del denominado Plan Anual de Compras (PAC).

Los contenidos que se publican son de exclusiva responsabilidad de sus autores y no expresan necesariamente el pensamiento de los editores.


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administración pública, TICs, Provincia de Buenos Aires, transparencia, compras y contrataciones públicas, Estado, gobierno electrónico, Contaduría General, Modernización,
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