Realidad Profesional | Revista del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Buenos Aires y su Caja de Seguridad Social
Este año, las cooperativas celebrarán la edición número 100 del Día Internacional de las Cooperativas. En este marco, los autores analizan la contribución que las cooperativas realizan a la construcción de un mundo mejor; con especial foco en las cooperativas agropecuarias nucleadas en la Confederación Intercooperativa Agropecuaria Coop. Ltda. (CONINAGRO). Un repaso por los valores y la trascendencia de estas organizaciones.
Las cooperativas vienen celebrando su día desde el año 1923, pero no fue hasta 1995 que la Asamblea General de las Naciones Unidas proclamó oficialmente como el Día Internacional de las Cooperativas el primer sábado de julio, estableciendo su celebración anualmente. Por lo que el pasado 2 de julio, las cooperativas de todo el mundo celebraron la edición número 100 del Día Internacional de las Cooperativas, quedando demostrado que las cooperativas contribuyen de manera única a la construcción de un mundo mejor.
El objetivo del Día Internacional es dar a conocer a las cooperativas y promover los ideales del movimiento, como la solidaridad internacional, la eficiencia económica, la igualdad o la paz mundial. En base a este, compartimos algunas cuestiones relevantes de estas organizaciones.
Según establece la Alianza Cooperativa Internacional, una cooperativa es una asociación autónoma de personas que se unen voluntariamente para satisfacer necesidades y aspiraciones económicas, sociales y culturales comunes mediante una empresa de propiedad conjunta y de gestión democrática. Es decir, el objetivo principal de las cooperativas es satisfacer una necesidad humana de tipo económica, cultural o social a través de una empresa cuya propiedad es colectiva y que se gestiona en forma democrática.
Las cooperativas son entidades organizadas solidariamente para prestar servicios a sus miembros. Para ello las cooperativas se rigen por ciertas pautas esenciales que se conocen como valores y principios que orientan el accionar del cooperativismo.
Las cooperativas se basan en los valores de ayuda mutua, responsabilidad, democracia, igualdad, equidad y solidaridad. Sus miembros creen en los valores éticos de: honestidad, transparencia, responsabilidad social y preocupación por los demás.
Los principios cooperativos, por su parte, son el marco dentro de cuyos límites pueden actuar las cooperativas y guiar su futuro; sirven como pautas para juzgar comportamientos y tomar decisiones:
- Adhesión voluntaria y abierta
- Control democrático por los asociados
- Participación económica de los asociados
- Autonomía e independencia
- Educación, capacitación e información
- Cooperación entre cooperativas
- Compromiso con la comunidad
En nuestro país la Ley 20.337 constituye el marco jurídico de estas organizaciones, el cual se complementa con las resoluciones emanadas de la autoridad de aplicación en materia cooperativa que actualmente es el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES).
Además, de acuerdo con la actividad específica que desarrollen, están sujetas a normas emitidas por otros órganos de contralor, por ejemplo: la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca en el caso de cooperativas agropecuarias.
Los aspectos esenciales de las cooperativas, son resaltados en los doce caracteres que el artículo 2 de la ley enuncia luego de la definición de las cooperativas como “entidades fundadas en el esfuerzo propio y la ayuda mutua para organizar y prestar servicios”.
Tales caracteres hacen referencia a lo siguiente:
- El capital es variable; y la duración de la organización es ilimitada.
- No hay límite estatutario en cuanto al número de asociados ni al capital que tendrá la cooperativa.
- Cada asociado, independientemente del número de las cuotas sociales que posea en la cooperativa, tiene un voto, y no hay ventaja ni privilegio para los iniciadores, fundadores o consejeros, como tampoco hay preferencia para parte alguna del capital.
- Para el caso en que se apliquen excedentes a alguna retribución al capital, solamente se reconoce un interés limitado a las cuotas sociales y debe estar autorizado por el estatuto.
- Las cooperativas de primer grado o de base deben contar con un número mínimo de diez asociados.
- Se menciona que los excedentes se distribuyen en proporción al uso de los servicios sociales y se remite al artículo 42 de la misma ley.
- Las cooperativas no tienen por finalidad la propaganda de ideas políticas, religiosas, de nacionalidad, de región ni de raza.
- Las cooperativas fomentan la educación cooperativa y prevén la integración cooperativa.
- Los servicios se prestan a los asociados y a no asociados.
- La responsabilidad de los asociados se limita al monto de las cuotas sociales suscriptas.
- Las reservas sociales son irrepartibles, y el sobrante patrimonial tendrá un destino desinteresado para el caso en que la cooperativa se liquide.
Las cooperativas desarrollan su actividad en diferentes sectores económicos de nuestro país y han demostrado mayor fortaleza y resistencia en tiempos de crisis que otras empresas; fomentando la participación económica, luchando contra la degradación del medioambiente y contra el cambio climático, generando empleos de calidad, contribuyendo a la seguridad alimentaria, manteniendo el capital financiero en las comunidades locales, construyendo cadenas de valor éticas y, al mejorar la seguridad y la situación material de la población, contribuyendo a la paz.
En particular, en Argentina, las cooperativas agropecuarias cuentan con una extensa historia y experiencia, asociando a los pequeños y medianos productores agropecuarios, procurando satisfacer sus necesidades económicas y sociales mediante la realización de diversas actividades. Las actividades que más se destacan son la comercialización de los productos obtenidos por cada asociado en sus explotaciones, la provisión de insumos necesarios para el progreso de toda empresa agropecuaria y el agregado de valor.
Entre las funciones que realizan se encuentran: abastecimiento de artículos de uso y consumo y materiales de trabajo para el desarrollo de la actividad agropecuaria, colocación de los productos de sus asociados en el mercado, transformación de materias primas de sus socios, transporte de productos, provisión de créditos, uso común de maquinarias, asesoramiento legal e impositivo, defensa de los intereses de sus miembros y representación de éstos ante los poderes públicos.
Para ir cerrando no queremos dejar de hacer mención a la vasta trayectoria del cooperativismo agropecuario en materia de integración. En el caso de cooperativas agropecuarias, las entidades de 2do. grado proporcionan representación sectorial, institucional y aumentan el alcance geográfico. Brindan agregado de valor a la producción, acceso a nuevas tecnologías, servicios de comercialización en mercados internos y de exportación pudiendo superar barreras y mejorando el acceso a nuevos mercados, logística en puertos, asistencia técnica, asesoramiento especializado, capacitación y servicios de auditoría externa.
En Argentina como entidad de 3er. grado de representación política, gremial, empresaria del cooperativismo agropecuario, el 18 de septiembre de 1956, se conformó la Confederación Intercooperativa Agropecuaria Coop. Ltda. (CONINAGRO).
En este modelo organizacional debemos tener presente que la fuerza viene desde la base y que los distintos niveles de organización e integración deben tener equilibrio y por ende garantizar una distribución equitativa de los excedentes como son los resultados positivos de la gestión, contribuyendo a un desarrollo equilibrado en todas las regiones y pueblos de país.
Como corolario, la ACI continuará presidida por un dirigente argentino, Ariel Guarco, que ha sido reelegido en la última asamblea general por un mandato más.
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