Conozca las funciones de la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN), Organismo que comienza formalmente el 4 de agosto de 1938. En la actualidad los esfuerzos de supervisión del Organismo hacen especial hincapié en el control preventivo, detección del fraude en todo el país y la solvencia de las entidades bajo su jurisdicción.

En su página web es posible consultar las compañías y los productores de seguros habilitados en nuestro país. Además, a través de la página pueden realizarse denuncias en caso de tener algún problema con el seguro que tienen contratado (pólizas), o respecto al mercado asegurador y a su funcionamiento.

La relación de la Superintendencia con los Actuarios y otros profesionales de las ciencias económicas.

ARTÍCULO PUBLICADO EL viernes 27 de enero
Edición N. 131 - Enero / Febrero 2023

NOTAS DE AUTOR

Dr. Hugo Andrés De Santi Dr. Hugo Andrés De Santi Contador Público y Licenciado
en Administración, Posgrado en Derecho
y Economía del Seguro

La Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) es el Organismo de contralor de la actividad aseguradora en “defensa de los asegurados". Tiene como función proteger los derechos de los asegurados mediante la supervisión y regulación del mercado asegurador para un desarrollo sólido con esquema de controles transparentes y eficaces.

La SSN es el organismo del Ministerio de Economía que supervisa las actividades de los productores, intermediarios, entidades de seguros y reaseguros en la República Argentina. Controla las actividades de evaluación e inspección de los operadores del mercado para proteger a los asegurados, garantizar el cumplimiento de las legislaciones y regulaciones vigentes y desarrollar un mercado sólido, transparente y eficaz.

La actividad del Organismo comienza formalmente el 4 de agosto de 1938, siendo el primer Superintendente de Seguros el Dr. César Sáenz. Actualmente la Superintendenta de Seguros de la Nación es la Actuaria Mirta Adriana Guida.

En forma sucesiva se fueron dictando las normas legales que se encuentran vigentes en nuestros días, conformando el marco de desenvolvimiento de la actividad aseguradora:

  • La Ley 17.418 del 30 de agosto de 1967 es el instrumento que legisla sobre la naturaleza y características de los Contrato de Seguros.
  • Posteriormente, el 11 de enero de 1973 se promulga la Ley 20.091 que regula el régimen de funcionamiento de las entidades aseguradoras y su contralor.
  • Por último, el 11 de febrero de 1981 se promulgó la Ley 22.400 que establece el marco de actuación de los Productores Asesores de Seguros.

Sobre la base de este cuerpo jurídico la Superintendencia de Seguros de la Nación genera las disposiciones reglamentarias que regulan los aspectos particulares de su gestión.

Actualmente, los esfuerzos de supervisión del Organismo hacen especial hincapié en el control preventivo, detección del fraude en todo el país y la solvencia de las entidades bajo su jurisdicción con el propósito de proteger a los asegurados, con la puesta a disposición de las herramientas informáticas disponibles al servicio de la transparencia y accesibilidad de todos los actores del mercado del seguro.

 

Consultas y denuncias

En la página de la SSN (https://www.argentina.gob.ar/superintendencia-de-seguros) se pueden realizar todo tipo de consultas relacionadas con la actividad aseguradora, como así también, denuncias en caso de tener algún problema con el seguro que tienen contratado (pólizas), o respecto al mercado asegurador y a su funcionamiento.

El link https://www.argentina.gob.ar/superintendencia-de-seguros/consultas-y-denuncias permite ingresar directamente al sector de Consultas y Denuncias. Para realizar una denuncia o consulta se puede elegir entre las siguientes opciones:

  1. Vía Trámites a Distancia (TAD) ingresando con tu DNI o Clave Fiscal:
    • Buscá el trámite Consulta/reclamo.
    • Completá y adjuntá la información solicitada.
    • Esperá a recibir una respuesta mediante correo electrónico.
  2. Enviando un correo a: consultasydenuncias@ssn.gob.ar
Las compañías de seguros habilitadas para operar en el mercado local deben estar registradas ante la Superintendencia de Seguros de la Nación.

Compañías de seguros

Una compañía de seguros es una sociedad que tiene por objeto exclusivo realizar las actividades y operaciones de seguros, coaseguros y reaseguros en general, exclusivamente en las coberturas autorizadas por la SSN. Son las únicas autorizadas por este Organismo a celebrar contratos de seguro.

Las compañías de seguros habilitadas para operar en el mercado local deben estar registradas ante la Superintendencia de Seguros de la Nación.

En la página de la SSN se puede consultar las Compañías de Seguros que se encuentran habilitadas para operar en el siguiente link https://www.argentina.gob.ar/superintendencia-de-seguros/mercado-asegurador/compania-de-seguros. A su vez, se puede acceder y consultar los Balances de cada una de ellas (anual al 30/06 e intermedios al 30/09, 31/12 y 31/03 de cada año).

Productor asesor de seguros (PAS)

Están habilitados para operar como Productores Asesores de Seguros aquellos que hayan obtenido la matrícula y que estén inscriptos en el registro de la SSN, el cual se puede consultar en la página de la SSN en el siguiente link https://www.argentina.gob.ar/superintendencia-de-seguros/mercado-asegurador/productor-asesor-de-seguros

Un Productor Asesor de Seguros (PAS) es un intermediario entre el asegurado y la compañía de seguros, que asesora a las personas para venderle seguros que mejor se adapten a las necesidades de cada uno.

Existen dos tipos de productores: los habilitados a intermediar en todos los ramos de seguros o los habilitados a intermediar respecto de seguros de vida.

En la página de la SSN se pueden realizar denuncias en caso de tener algún problema con el seguro que tienen contratado (pólizas).

Otros actores del mercado asegurador

Otros actores que intervienen en el Mercado Asegurador son: las Reaseguradoras, Intermediarios en Reaseguros, Agentes Institorios, Sociedades de Productores Asesores de Seguros, Liquidadores de Siniestros y Averías, Auditores Externos y Actuarios. En la página de la SSN se puede consultar todo lo atinente sobre ellos.


Sociedades profesionales (Auditores y Actuarios)

Son sociedades compuestas por Auditores o Actuarios, a los efectos de analizar y prestar conformidad con los Balances de las Compañías de Seguros. Se puede consultar cuáles son las sociedades profesionales habilitadas para operar en el mercado asegurador local en la página de la SSN en el siguiente link https://www.argentina.gob.ar/superintendencia-de-seguros/mercado-asegurador/sociedades-profesionales

Los Auditores y Actuarios pueden inscribir una sociedad profesional ante la SSN en forma presencial, para lo cual deben completar el formulario de inscripción que se encuentra en la página de la SSN y presentarlo conjuntamente con la documentación requerida por la SSN; o se puede enviar por correo al Organismo de Control, quien les notificará la resolución al domicilio informado en el formulario de inscripción y la misma se publicará en el Boletín Oficial.

La documentación requerida para inscribir a la sociedad profesional ante la SSN es:

  • Certificado emitido por cada Consejo Profesional de Ciencias Económicas donde conste la inscripción de la sociedad y que a la fecha no presenta sanciones disciplinarias inhabilitantes aplicadas por dicho Consejo.
  • Copia certificada por escribano del estatuto constitutivo de la sociedad.
  • Nota con información acerca de la constitución, composición, organización y cartera de clientes de la sociedad.
  • Formulario de inscripción completo.

En caso de dudas se puede consultar por teléfono al 0800-666-8400.

Los esfuerzos de supervisión del Organismo hacen especial hincapié en el control preventivo, detección del fraude en todo el país y la solvencia de las entidades bajo su jurisdicción.

Los contenidos que se publican son de exclusiva responsabilidad de sus autores y no expresan necesariamente el pensamiento de los editores.


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