Realidad Profesional | Revista del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Buenos Aires y su Caja de Seguridad Social
El 26 de diciembre de 2022, se confirmó por parte de la Administración Federal de Ingresos Públicos que sería derogada la polémica R.G. 4838/20 que avanzaba sobre derechos constitucionales y el ejercicio profesional.
Desde su promulgación en octubre de 2020 este Consejo Profesional puso de manifiesto su vocación por la representación de los matriculados de la provincia de Buenos Aires y su férrea convicción por participar de los reclamos colectivos a través de la FACPCE.
Compartimos una cronología de lo acontecido desde la publicación de aquella medida que pretendía reglamentar un régimen de información de las planificaciones fiscales que avanzaba peligrosamente por sobre la jurisprudencia y la normativa vigente, y además por sobre el secreto profesional, un derecho constitucional consagrado.
El 26 de diciembre de 2022, luego de una reunión que mantuvieron representantes de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE) y de la AFIP, se confirmó por parte de la Administración Federal de Ingresos Públicos que la polémica R.G. 4838/20 sería derogada. Fueron más de dos años de intensas gestiones institucionales en las que este Consejo Profesional puso de manifiesto su vocación por la representación de los matriculados de la provincia de Buenos Aires y su férrea convicción por participar de los reclamos colectivos a través de la FACPCE.
Ahora, ante el logro obtenido, compartimos una cronología de lo acontecido desde la publicación de aquella medida que pretendía reglamentar un régimen de información de las planificaciones fiscales que avanzaba peligrosamente por sobre la jurisprudencia y la normativa vigente, y además por sobre el secreto profesional y el debido sigilo en la relación profesional - cliente, un derecho constitucional consagrado.
El 20 de octubre de 2020 la Administración Federal de Ingresos Públicos a cargo de la Lic. Mercedes Marcó del Pont publica oficialmente la R.G. 4838/20 sobre la implementación del “Régimen de Información de Planificaciones Fiscales (nacionales e internacionales)”.
El 5 de noviembre de 2020 la FACPCE, en representación de los 24 consejos que la componen, eleva una nota a la titular de la AFIP solicitando “la suspensión de la vigencia de la mencionada Resolución General” y manifestando que “hubiera sido deseable que la norma gozara de rango legal, tal como ocurre en varios de los países que han implementado recientemente regímenes análogos, donde se respeta a ultranza el secreto profesional y se prohíbe cualquier divulgación por parte del asesor fiscal”. Allí se estableció de manera temprana los conceptos que guiarían el reclamo legal que siguió a continuación:
Luego de realizadas múltiples gestiones ante la AFIP y sin haber alcanzado el objetivo; con el consenso de los Consejos Profesionales de Ciencias Económicas, la Federación encabezó la interposición de un reclamo administrativo para solicitar la derogación de la Resolución General 4838/20. Estas acciones se consideraron legítimas y necesarias, y se afirmó oportunamente: “Resulta inadmisible y atentatorio contra la ética profesional que se pretenda colocar al profesional que asesora en temas tributarios como sujeto obligado a develar información obtenida con motivo de su vínculo profesional”.
Se subrayó entonces que la obtención de pruebas de evasión o infracciones impositivas, objetivo último de los regímenes de información, debería ser alcanzada mediante el accionar previsto en las normas de procedimiento tributario, respetuosas de los principios constitucionales. Finalmente, atento a que las disposiciones de la R.G. 4838/20 violentan en forma flagrante principios constitucionales básicos, desde nuestro Consejo Profesional de Ciencias Económicas, impulsamos estas medidas para resguardar a nuestros matriculados y sus derechos, que consideramos transgredidos.
El Juzgado Federal en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo N° 4 de La Plata, a cargo del Juez Alberto O. Recondo, hizo lugar a la medida cautelar presentada por este Consejo Profesional el 30 de diciembre del 2020, para suspender la aplicación de la R.G. 4838/20 de AFIP.
Este logro significó además la suspensión de los efectos de dicha Resolución en relación a los profesionales representados por este Consejo Profesional.
La solicitud de este pedido de amparo, fue presentada también por Consejos Profesionales de otras provincias luego de ser desoídos los reclamos elevados por la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas.
En un hecho histórico para la Federación, los 24 Consejos del país de manera homogénea, habían iniciado las acciones judiciales con diferentes grados de avances en los estrados. Según un cuadro de situación elaborado por la FACPCE en septiembre de 2021, el estado de las demandas judiciales presentadas y de las medidas cautelares se resumía de la siguiente manera:
Medidas cautelares concedidas |
CPCE Córdoba CPCE Jujuy CPCE La Pampa CPCE La Rioja CPCE Mendoza CPCE Neuquén – Confirmada por la Cámara Federal de Gral. Roca CPCE Río Negro – Confirmada por la Cámara Federal de Gral. Roca CPCE Salta CPCE San Juan – Confirmada por la Cámara Federal de Mendoza CPCE San Luis – Confirmada por la Cámara Federal de Mendoza CPCE Santa Fe CPCE Santiago del Estero CPCE Tierra del Fuego – Confirmada por la Cámara Federal de Comodoro Rivadavia |
Demandas judiciales rechazadas |
CPCE Buenos Aires CPCE Catamarca CPCE Entre Ríos CPCE Santa Cruz |
Demandas judiciales pendientes de resolución |
CPCE Chaco CPCE Chubut CPCE CABA CPCE Corrientes CPCE Formosa CPCE Misiones CPCE Tucumán |
Finalmente, el juzgado en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo Federal de La Plata N° 4, Secretaría N° 10, declaró la inconstitucionalidad de la Resolución General de AFIP 4838/20, tras la presentación que pertinentemente realizó nuestro Consejo Profesional.
Este Consejo Profesional, invocando legitimación colectiva de sus matriculados, había interpuesto una demanda impugnativa de nulidad de la mencionada resolución, en los términos del art. 24 inc. a) de la LNPA, contra la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y en efecto, con fecha del 22 de abril de 2022, se dictó sentencia favorable a la presentación.
En el marco del recambio de autoridades de AFIP asumió como Administrador Federal el Contador Público Carlos Castagneto, quien antes se desempeñaba en la entidad como director general de Recursos de Seguridad Social. Se inició así una nueva instancia de diálogo.
Luego de varias reuniones de la FACPCE con las actuales autoridades de la AFIP, explicando y reiterando los argumentos planteados en las demandas judiciales mencionadas anteriormente, se llegó a la confirmación por parte de la entidad recaudadora de que el organismo derogaría aquella reglamentación tan conflictiva, que generaba rispideces innecesarias con los profesionales de Ciencias Económicas.
Como fuese expresado desde la Federación, manifestamos nuestro férreo compromiso de seguir bregando por la defensa de los derechos de los matriculados, siempre a través del camino del diálogo y el aporte permanente de los organismos técnicos para contribuir a mejorar la administración fiscal y la tarea de los profesionales matriculados.