El Sistema de Información Simplificado Agrícola (SISA) es un sistema obligatorio creado en 2018 para simplificar y unificar registros relacionados con la producción y comercialización de granos, semillas y legumbres. Dicho sistema establece "estados" que califican la conducta fiscal de los contribuyentes y determinan las retenciones en impuestos como el IVA y Ganancias al vender granos.

El SISA tiene tres módulos: Categorías (para productores y agentes), Superficie/Actividad (para propietarios de campos) e Información Productiva (para declarar el stock de granos y hectáreas sembradas). A continuación, una nota que resume su funcionamiento, cómo darse de alta en el sistema y los datos a tener en cuenta para que la carga de información sea satisfactoria.

ARTÍCULO PUBLICADO EL viernes 17 de noviembre
Edición N. 136 - Noviembre / Diciembre 2023

NOTAS DE AUTOR

Dra. Mauricia Nori Dra. Mauricia Nori Contadora Pública (Tomo 99, Folio 151,
Consejo Profesional de Ciencias Económicas
de la Provincia de Buenos Aires)

Magíster en Economía Agraria y Administración Rural

El Sistema de Información Simplificado Agrícola -SISA-, creado a través de la resolución conjunta (MA-SENASA-INASE-AFIP) 4248/2018, reglamentado por la AFIP a través de la resolución general (AFIP) 4310, es un sistema obligatorio que reemplaza una serie de registros y regímenes de información vinculados a la actividad de producción y comercialización de granos, derivados granarios y semillas en proceso de certificación (cereales y oleaginosas) y de legumbres secas y arroz.

Los objetivos del SISA giran en torno a: la unificación de registros y regímenes informativos (SENASA - INASE - AFIP); simplificación de los trámites y carga de datos; sistematización y calificación por riesgo; y mantenimiento de la capacidad de control fiscal.

La novedad que trajo dicho sistema fue el establecimiento de los “estados”,  una herramienta que utiliza la AFIP para calificar la conducta fiscal del contribuyente, evaluada a través de la ponderación de parámetros objetivos establecidos por este organismo y aquellos fijados por las demás entidades intervinientes según sus competencias.

Cómo funciona el SISA: datos a tener en cuenta

Al momento de la entrada en vigencia del SISA (1/12/2018), se definió sistémicamente un estado inicial para los sujetos que se encontraban incluidos en el Registro Fiscal de Operadores en la Compraventa de Granos y Legumbres Secas (RFOG), en el Padrón de Productores de Granos Monotributistas y quienes habían exteriorizado su condición de productores agrícolas.

Los “estados” establecen la alícuota de retención en el Impuesto al Valor agregado (art. 43 RG 4310/18), y en el Impuesto a las Ganancias (art. 10 RG 4318/18) a la hora de vender los granos, tanto para el productor como para el operador. Por ejemplo, si el productor recién comienza su actividad y es calificado en el Estado 2, a la hora de vender sus granos, estará sujeto a una alícuota de retención del IVA del 7% y una alícuota de retención del Impuesto a las Ganancias (luego de restar un mínimo no imponible de $142.400, RG 4318/18 AFIP) del 2%.

 De cumplirse los requisitos que establece el TITULO III de la RG 4310/18 (art. 60 a 69), el último día hábil del mes del vencimiento de la Declaración Jurada de IVA, en que fueron declaradas las retenciones sufridas, la AFIP deberá reintegrar el 6% del IVA de la operación.

A su vez, el SISA cuenta con tres módulos, y deberá ingresarse a cada uno de ellos para completar la información requerida, según el tipo de contribuyente que se trate.

El módulo Información Productiva es el encargado de alimentar “la cuenta corriente granaria”, que es el stock de granos que tiene el productor para comercializar

En el módulo Categorías, deberán inscribirse los productores, los agentes de comercialización y los compradores de derivados granarios; en el módulo Superficie/Actividad se anotarán los productores (ya sea que lo hagan sobre superficie propia o arrendada), y los propietarios de campos cedidos a terceros para la explotación agrícola en cualquiera de sus formas contractuales (estos últimos sólo se inscribirán en este módulo); finalmente, en el módulo Información Productiva (IP) deberán informar la Información Productiva 1 hasta la 5 aquellos sujetos que estén inscriptos en el módulo Categoría como productores.

El Sistema de Información Simplificado Agrícola (SISA) fue reglamentado por la AFIP en el año 2018.

SISA: qué debo informar en el módulo Información Productiva

Este módulo es muy importante, ya que es el encargado de alimentar “la cuenta corriente granaria”, que es el stock de granos que tiene el productor para comercializar y que se va generando con la información que la AFIP va recopilando de este módulo,  provenientes de las Liquidaciones Primarias de Granos (LPG), de las Certificaciones Primarias de Depósito de Granos (CDPG) y de las Cartas de Porte Electrónicas (CPE).

Para elaborar la cuenta corriente granaria debemos realizar la siguiente ecuación:

La novedad que trajo el SISA fue el establecimiento de los “estados”, una herramienta que utiliza la AFIP para calificar la conducta fiscal del contribuyente

Además de los IP mencionados para establecer el stock de granos, tenemos que tener también en cuenta aquellos en los cuales debemos informar las hectáreas sembradas, que, si bien no notifican granos, tendrán relación con los IP4 e IP5 que figuran en la fórmula: estos son el IP1 (cultivos de cosecha fina) que se informan entre el 1/10 y el 31/10 de cada año, y el IP2 (cultivos de cosecha gruesa) que lo hacen entre el 1/12 y el 28/02 de cada año, pudiéndose modificar desde el SISA hasta el 30/04. Pasada esa fecha, se deberán corregir por Presentaciones Digitales.

Mientras en el IP1 se informan las hectáreas sembradas de cosecha fina, en el IP4 se da cuenta del rendimiento de las mismas, así como en el IP2 se informa las hectáreas sembradas de cosecha gruesa y en el IP5 el rendimiento de las mismas. A su vez, el IP5 se podrá modificar desde SISA hasta el 31/12 y superado ese plazo, deberá hacerse por Presentaciones Digitales.

Finalmente, nos queda mencionar el IP3, en el cual se deben informar las existencias al 28/2 de Trigo (blando, candeal, pan, forrajero y plata), entre el 1/3 y el 31/3 de cada año, pudiéndose modificar por SISA hasta el 31/05, al igual que el IP4, y a partir del 1/6, deberá hacerse por Presentaciones Digitales. Cabe destacar que el IP3 no fue tenido en cuenta en la ecuación de la “cuenta corriente granaria”, ya que estas existencias se encuentran contempladas tanto en las que debemos declarar en el IP1, como aquellas que se declaran en el IP4.

Algo que es importante mencionar es que los IP1 a 5 deben ser declarados aunque no se cuente con granos o hectáreas sembradas del cultivo que corresponde informar. De ser así, serán declaradas en cero. A su vez, tampoco importa el destino a otorgar a los granos que se siembran, pero se deben declarar tanto los destinados a la venta como así también los orientados al consumo animal.

Para registrarse en SISA, el productor propietario de un inmueble rural deberá dar de alta la relación en AFIP, y el domicilio en el Sistema Registral como Establecimiento Agropecuario.

En el caso que destinemos parte del grano al consumo, este no se informa en ningún lado, pero se debe tener en cuenta para la confección del stock, mencionado en la ecuación. Para demostrar este consumo, debemos tener las pruebas necesarias a los efectos de satisfacer posibles requerimientos de AFIP, esto es: tener declarada la actividad ganadera;  haber incorporado al costo de alimentación de los animales los granos que se consumieron; sumar el informe del veterinario o ingeniero agrónomo que acredite este consumo; agregar los gastos en silo bolsa para almacenar el grano consumido por los animales, etc.

Cómo darse de alta en SISA

Para registrarse en SISA, el productor propietario de un inmueble rural deberá dar de alta la relación en AFIP, y el domicilio en el Sistema Registral como Establecimiento Agropecuario. Luego, al ingresar a SISA, se dará de alta en el módulo Superficie/Actividad, indicando el domicilio del establecimiento agropecuario previamente declarado, e informando que se trata del propietario, subiendo la escritura del campo y la última cuota del Impuesto Inmobiliario. A su vez, deberá dibujar el polígono del establecimiento rural.

Luego, tendrá que ingresar al módulo Categorías e inscribirse como Productor y finalmente ingresará al módulo Información Productiva para declarar las hectáreas sembradas de acuerdo al cultivo que se trate.

El presente artículo resalta los aspectos más importantes del SISA, pero no deja de ser un resumen. Hay casos especiales que ameritan consideraciones distintas, como las operaciones de canje, los distintos contratos agropecuarios y los condominios, por citar ejemplos, que requieren de un análisis pormenorizado.

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