Realidad Profesional | Revista del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Buenos Aires y su Caja de Seguridad Social
La autora analiza el principio de empresa en funcionamiento en los estados contables, desde la perspectiva del auditor, y examina la capacidad de la entidad para continuar operando. Las normas internacionales de auditoría se actualizaron en 2016, y en Argentina, en el año 2020. En el presente artículo, se detalla la responsabilidad del emisor de los estados contables, los indicadores y hechos que el auditor deberá tener en cuenta al momento de evaluar el riesgo de continuidad de la empresa durante los 12 meses posteriores a partir del cierre del ejercicio, los procedimientos posteriores a la detección de incertidumbres y su consecuente tratamiento en el informe de auditoría, principal herramienta de comunicación del auditor externo con los usuarios de los estados contables, que ha experimentado cambios importantes hacia un reporte de auditoría más informativo durante los últimos años.
La opinión del auditor sobre la utilización del principio de empresa en funcionamiento (EF) por parte del emisor de los estados contables es relevante para las partes interesadas. Cuando el empleo de la hipótesis de negocio en marcha resulta apropiado, los activos y pasivos se registran partiendo de la base de que la entidad será capaz de realizar sus activos y de liquidar sus pasivos en el curso normal de los negocios.
Tal es la preocupación de los tomadores de decisiones en contar con información sobre la capacidad de un ente para continuar funcionando, que en el marco de un proyecto de investigación llevado a cabo por el Consejo de Normas Internacionales de Auditoría y Aseguramiento (IAASB por sus siglas en inglés) y el Consejo de Normas de Auditoría del Instituto Estadounidense de Contadores Públicos Certificados, se advirtió el interés de los usuarios en conocer:
Al finalizar el proyecto, en el año 2015 se llevó a cabo una revisión de las Normas Internacionales de Auditoría (NIA) las cuales entraron en vigencia a nivel internacional a partir del 15 de diciembre de 2016 y en Argentina, a partir de los ejercicios con cierre posteriores al 15 de diciembre de 2020. La evaluación del principio de empresa en marcha fue ampliamente modificada en la revisión de la NIA 570 (Empresa en Funcionamiento) y la NIA 700 (Informe de Auditoría).
En cuanto a las normas argentinas, la RT Nº 53 aprobada por la Junta de Gobierno de FACPCE el 28 de septiembre de 2021 introdujo modificaciones a la RT Nº 37 con el objetivo de incorporar nuevos encargos y cambios producidos en las NIA, incluyendo los relacionados con empresa en funcionamiento.
La responsabilidad de la Dirección implica la formulación de un juicio, en un determinado momento, sobre los resultados futuros e inciertos, de posibles hechos o de condiciones relacionados a la continuidad del ente. A tal efecto son relevantes los siguientes factores:
El auditor, quien deberá aplicar su juicio profesional y mantener el escepticismo profesional durante todo el proceso de auditoría, es responsable de: obtener elementos de juicio válidos y suficientes a efectos de concluir sobre la idoneidad de la utilización por parte de la dirección del principio de empresa en funcionamiento para la preparación de los estados financieros; y determinar si, con base en la evidencia obtenida, existe alguna incertidumbre respecto a que la entidad pueda continuar como tal.
Esta responsabilidad se mantiene aún en el caso de que el marco de información financiera utilizado para la preparación de los estados contables no contenga como requerimiento explícito que la dirección realice una valoración específica de la capacidad de la entidad para continuar como EF.
Si el auditor concluye que la utilización del principio contable es adecuada, pero existe alguna incertidumbre respecto a la continuidad del ente, deberá analizar si los estados contables:
No obstante, el contador no puede predecir hechos o condiciones futuras y aun cuando en su informe no haga referencia a incertidumbre alguna sobre la continuidad del ente, no puede considerarse garantía de la capacidad de la entidad para continuar en funcionamiento durante el plazo de 12 meses a partir del cierre del ejercicio.
Si el auditor identificó hechos o condiciones que puedan significar una incertidumbre material[1] sobre la capacidad del ente para continuar como empresa en funcionamiento aplicará procedimientos de auditoría adicionales:
El informe de auditoría, principal herramienta de comunicación del auditor externo con los usuarios de los estados contables, ha experimentado cambios importantes hacia un reporte de auditoría más informativo durante los últimos años.
Las mejoras introducidas en el informe en cuanto al tema de empresa en funcionamiento, luego la revisión de las NIA mencionada anteriormente, comprenden:
En cuanto a la opinión del auditor:
A modo de conclusión, se puede decir que sin duda el riesgo de empresa en funcionamiento tiene que tener un carácter primordial en los encargos de auditoría desde el primer contacto con el cliente hasta la finalización de su trabajo.
1. Incertidumbre material: cuando la magnitud de su potencial impacto y la probabilidad de ocurrencia son tales que, a juicio del auditor, es necesaria una adecuada revelación de información sobre la naturaleza y las implicaciones en los estados financieros
1. Español G. (2023) Modificaciones a la RT37: empresa en funcionamiento, Profesional y empresaria, D&G, XXIV, (3)
2. Aban G, Albanese D., Bellomio J.,Mercapidez G.,Migoya M., Perassi L., (2022) Nueva RTNº37. Modificaciones RT Nº53 a la norma de Auditoria y otros encargos. Anàlisis comparativo. I.A.D.A, Ed,Buyatti.
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