La actividad agropecuaria es una de las que mayores ingresos le representan al país. Hasta llegar al punto de la comercialización, debe pasar por exhaustivos cumplimientos, certificaciones y pedidos de información. En este artículo, el autor nos adentra en los pasos iniciales y organismos involucrados en los procesos agrícolas.

ARTÍCULO PUBLICADO EL 2024-05-17
Edición N. 139 - Mayo / Junio 2024

NOTAS DE AUTOR

Dr. Enzo Bruno Dr. Enzo Bruno Contador Público (Tomo 164, Folio 224,
Consejo Profesional de la Provincia de Buenos Aires)

Es sabido que la función primordial del contador público es brindar información para la toma de decisiones, planificación y posterior control por parte del ente/comitente, bajo la figura jurídica-impositiva que le quepa (unipersonal, régimen simplificado o general, o algún tipo societario previsto bajo la Ley 19.550). Para ello, planteamos como una condición sine quanon que la comunicación profesional con el cliente sea fluida y continua.

En el presente artículo, esta premisa la abordamos aplicada a la actividad agrícola-ganadera o bien agropecuaria, donde la piedra angular radica en el camino pragmático a seguir desde el inicio de la misma hasta la puesta a punto de su comercialización: un producto que va a formar parte de una cadena de producción mediante sus diversos derivados, de los que se encargará el sector industrial.

 

Un recorrido por los pasos iniciales

Para dar inicio a una actividad agrícola/ganadera, más allá del vehículo impositivo y legal que se adapte a la necesidad de nuestro cliente, esta debe ser denunciada ante los diferentes agentes de recaudación (AFIP, ARBA). Ahora bien, entendiendo que el objetivo final es la venta del cereal y/o hacienda mediante su facturación, sus pasos predecesores requieren un sinfín de cumplimientos mediante sus diversos regímenes de información tanto ante la AFIP como frente al Senasa (Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria).

Uno de los primeros pasos, además de efectuar el alta de la actividad, es la inscripción en el RENSPA (Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios), para lo que es necesario informar catastral y geoposicionalmente la ubicación de la parcela, tarea que no es para nada sencilla. Uno de los caminos para determinar dicha localización es mediante el código de la partida inmobiliaria rural. Esos datos catastrales deben ser cargados en el servicio CARTO (Cartografía Territorial Operativa), sistema que brinda acceso público a la cartografía provincial y también al registro catastral de cada inmueble de la provincia de Buenos Aires, de forma que nos indique el polígono de la parcela utilizada. Una vez obtenida la ubicación, podemos solicitar el RENSPA ante Senasa mediante el portal de AFIP.

En la actividad agrícola, debemos empadronarnos mediante el servicio SISA (Sistema de Información Simplificado Agrícola) y cumplimentar el llenado de todos los campos con la información solicitada, para luego informar la superficie cultivada, especificando allí si se trata de campaña fina o gruesa y la variedad de la semilla (trazabilidad); todo ello, a los efectos de que el fisco pueda determinar en mayor o menor medida el rinde promedio por tonelada, y de ese modo, aprobarnos una determinada cantidad de carta de porte. Esto es, el documento comercial que acompaña el traslado a granel mediante los camiones, que tienen una capacidad permitida para circular por ley de 35 toneladas.

Para poder llegar a la generación de este documento, ut supra, se debe haber cumplimentado con los regímenes de Información Productiva (IP), respetando el calendario propuesto y publicado por el fisco. Una vez entregada esta información, estamos en condiciones de poder comercializar el cereal mediante su liquidación total o parcial según lo considere el productor acorde a sus diversas necesidades.

Uno de los primeros pasos es la inscripción en el RENSPA, para lo que es necesario informar catastral y geoposicionalmente la ubicación de la parcela.

¿Y la ganadería?

Ahora bien, trazando una simetría con el sector ganadero, la dinámica es la misma, ya que se debe cumplimentar con regímenes de informaciones en tiempo y forma para poder comercializar las cabezas de ganado en el momento que el productor considere oportuno. En una primera instancia, se debe informar el stock de hacienda (raza y cantidad), planilla que debe ser expedida por un veterinario matriculado a Senasa, de forma tal que quede vinculada esa hacienda con el RENSPA del productor. En el caso del ganado, el documento que permite su circulación es la denominada guía. Para ello, debemos generar previamente el certificado que vincula al vendedor con el comprador y sus respectivos RENSPA, que se expide luego de haber cumplido con el esquema de vacunación anual establecido por Senasa para la sanidad animal.

Luego de la trilla, los granos son transportados desde el campo hasta la planta de acopio cercana o hacia una industria o puerto con una Carta de Porte Electrónica.

Por parte del profesional, es crucial ofrecerle al comitente un servicio de asesoramiento en materia integral acorde a sus necesidades, diferentes según el caso. A su vez, para quienes no estén obligados a llevar la contabilidad según las RT correspondientes, es vital practicar un estado de resultado segregando los distintos tipos de erogaciones para luego llegar a una utilidad neta y sobre todo, determinar el margen operativo, de modo de obtener la ganancia en términos relativos porcentuales además de los términos absolutos (pesos).

El llevar un cabal registro mediante un sistema de información pertinente, sano y preciso hará que nuestros comitentes arriben a la mejor decisión posible, cumplimentando de esta manera con la esencia de la labor del contador público: brindar información útil para la toma de decisiones.

Los contenidos que se publican son de exclusiva responsabilidad de sus autores y no expresan necesariamente el pensamiento de los editores.


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AFIP, Contador Público, ARBA, SISA, ámbito agropecuario, actividad agrícola, RENSPA, CARTO, SENASA, ganado,
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